Contratar a un contratista en Florida: 7 señales de alerta y 5 preguntas
La mayoría de los profesionales son honestos y hacen bien su trabajo. Estas siete señales y cinco preguntas te ayudan a detectar a los pocos que no, antes de pagar un centavo.

7 señales de alerta
- Solo efectivo y nada de papeles. Sin recibo no tienes cómo probar nada si algo sale mal. Paga con cheque o tarjeta y pide un recibo por escrito.
- Tocaron tu puerta después de una tormenta. Los “cazatormentas” llegan rápido, cobran un anticipo y desaparecen. Elige tú a un profesional de la zona y búscalo antes.
- El anuncio no tiene número de licencia. En Florida, los contratistas tienen que ponerlo en sus anuncios, presupuestos y contratos. ¿No lo tiene? Pídelo y verifícalo.
- Un anticipo grande. En Florida, el contratista que cobra más del 10% del precio por adelantado tiene que pedir los permisos en 30 días y empezar el trabajo en los 90 días siguientes a la aprobación de los permisos.
- “No hace falta permiso”. Los trabajos de electricidad, plomería, techos y aire acondicionado casi siempre lo necesitan. Un trabajo hecho sin permiso puede darte problemas con el seguro y a la hora de vender la casa.
- Presión para decidir hoy. “Este precio vale solo por hoy” es una táctica de venta, no una oferta. Pide dos o tres presupuestos por escrito y tómate tu tiempo.
- No hay contrato por escrito. Un apretón de manos no te ayuda en un problema.
5 preguntas antes de firmar
- “¿Cuál es tu número de licencia?” Y después búscalo en myfloridalicense.com. Toma dos minutos.
- “¿Me muestras tu prueba de seguro?” Si alguien se lastima o algo se rompe, el seguro te protege. El consejo de la Comisión Federal de Comercio (FTC) es sencillo: considera solo a contratistas con licencia y con seguro.
- “¿Quién saca el permiso?” Debe ser el contratista. Si lo sacas tú como owner-builder (dueño constructor), la ley de Florida te convierte en el responsable legal y económico de la obra, tienes que supervisarla en persona y puedes responder si un trabajador sin licencia se lastima en tu propiedad.
- “¿Cuánto me cobras por adelantado y cuándo pago el resto?” Paga por etapas, a medida que avanza el trabajo, y nunca el total antes de empezar.
- “¿Me lo das por escrito?” El contrato debe decir qué trabajo se hará, los materiales, el precio, las fechas de inicio y fin y la garantía, además del nombre, la dirección, el teléfono y el número de licencia del contratista. En Florida, un contrato para tu casa de más de $2,500 también tiene que incluir un aviso sobre el fondo Homeowners’ Construction Recovery Fund.
No pagues dos veces: gravámenes y el último pago
La ley de gravámenes de construcción de Florida permite que los subcontratistas y proveedores a quienes no les pagaron pongan un gravamen (lien) sobre tu casa, aunque tú le hayas pagado todo al contratista. Tres costumbres te protegen:
- Guarda cada “Notice to Owner” (aviso al propietario). Los proveedores y subcontratistas lo envían para avisarte que están trabajando en tu obra. Asegúrate de que les paguen.
- En los trabajos grandes, el Notice of Commencement (aviso de inicio de obra) tiene que quedar registrado en el condado antes de la primera inspección: en la mayoría de los casos cuando el trabajo pasa de $5,000, y en reparación o cambio de aire acondicionado desde $15,000. La ley de Florida lo dice sin rodeos: si no lo registras, puedes terminar pagando dos veces.
- Antes del último pago, pide el final payment affidavit del contratista, una declaración que dice si a todos los que trabajaron en la obra se les pagó, y las liberaciones de gravamen por escrito de quienes te enviaron un Notice to Owner.
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Fuentes
- Comisión Federal de Comercio: cómo evitar una estafa de mejoras del hogar
- Estatutos de Florida §489.126: anticipos de más del 10% (en inglés)
- Estatutos de Florida §489.1425: el aviso del fondo de recuperación en contratos de más de $2,500 (en inglés)
- Estatutos de Florida §489.103: la declaración del owner-builder (en inglés)
- Estatutos de Florida §489.119: el número de licencia en anuncios, presupuestos y contratos (en inglés)
- Estatutos de Florida §713.135: el aviso de inicio de obra y la advertencia al propietario (en inglés)
- Estatutos de Florida §713.06: el aviso al propietario y el final payment affidavit (en inglés)
- Condado de Miami-Dade: la ley de gravámenes de construcción de Florida (PDF en inglés)
Esta guía es información general, no asesoría legal ni profesional. Las reglas cambian: revisa las fuentes y consulta a un profesional con licencia sobre tu casa.

